El Régimen de Tributación Simplificada constituye una opción de acceso voluntario y sencillo para
que los pequeños contribuyentes cumplan con los deberes tributarios, simplificando sus obligaciones y su contabilidad.
Características:
La inscripción es voluntaria.
Puede cambiar de este régimen al tradicional cuando lo desee.
Para los cálculos de renta y venta se utiliza un factor.
Requisitos para ingresar a este régimen:
Que efectúen compras anuales por un valor no superior a ciento cincuenta salarios base
Que el número de personas necesarias para llevar a cabo sus operaciones no exceda de cinco, independientemente del tipo de relación contractual o de parentesco que exista entre éstas y el contribuyente, medie o no retribución al respecto.
Que la actividad no tenga su origen en la explotación de una franquicia, marca, nombre comercial, o en mantener la condición de comercializador exclusivo o único de otro ente económico.
Que para el transporte terrestre remunerado de personas mediante la modalidad de taxi, no supere una unidad.
Que el valor de los activos fijos utilizados en la explotación de la actividad, no supere los 350 salarios base.
Deberes del contribuyente:
Tener datos actualizados en el Registro Único Tributario mediante el formulario D-140.
Mantener la constancia de inscripción que le emite la Administración Tributaria con sus datos identificativos, en un lugar visible del establecimiento.
Conservar comprobantes electrónicos autorizados y su representación gráfica (PDF) de las compras que realice a sus proveedores y realizar el respaldo y conservación por cinco años.
Entregar factura, cuando el valor de venta individual de cada mercancía supere el 5% de un salario base*/1, y cuando el cliente lo solicite.
Confeccionar y presentar los formularios D-105 de manera trimestral.
El impuesto por pagar se realiza a través de conectividad bancaria.
Pagar el Impuesto a las Personas Jurídicas (IPJ) y el Timbre de Educación y Cultura, aquellos obligados tributarios que sean personas jurídicas.
Completar y presentar la declaración informativa: “Declaración anual resumen de clientes, proveedores y gastos específicos” (modelo D-151), cuando las operaciones comerciales cumplan con las condiciones establecidas.
Adjunto el link actualizado para el año 2021 sobre infracciones e incumplimientos en sus deberes tributarios.
Le ayudamos con la presentación y adecuado manejo contable de sus registros para que evite infracciones o multas por información errónea.
Contáctenos a: info@iylconsulting.com
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